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Elegibilidad para el programa de Preparación y Empleo de Veteranos

Infórmese sobre los requisitos de elegibilidad para el programa de Preparación y Empleo de Veteranos (VR&E, por sus siglas en inglés), antes llamado Rehabilitación y Empleo Vocacional. Si es miembro del servicio militar o veterano y tiene una discapacidad que fue causada o empeoró por su servicio activo y que limita su capacidad para trabajar o le impide hacerlo, es posible que pueda obtener apoyo o servicios de empleo que le ayuden a vivir de la forma más independiente posible.

Si soy veterano, ¿soy elegible para el programa de Preparación y Empleo de Veteranos?

Usted es elegible para solicitar los beneficios y servicios de VR&E si cumple estos dos requisitos: 

Todas las afirmaciones a continuación deben ser verdaderas:

  • No le dieron una baja deshonrosa, y
  • Tiene una calificación de discapacidad relacionada con el servicio militar de al menos el 10% de VA

Cuando recibamos su solicitud de VR&E, programaremos su evaluación inicial con un Consejero de Rehabilitación Profesional (VRC, por sus siglas en inglés). El VRC determinará si tiene derecho a recibir beneficios y servicios de VR&E.  

Si fue dado de baja del servicio activo antes del 1 de enero de 2013, su periodo básico de elegibilidad finaliza 12 años después de una de estas fechas, la que sea posterior:

  • La fecha en que recibió la notificación de su fecha de separación del servicio activo, o
  • La fecha en que recibió su primera calificación de discapacidad relacionada con el servicio de VA

El periodo básico de elegibilidad puede ampliarse si un VRC determina que tiene una discapacidad laboral grave (SEH). Tener una discapacidad laboral grave significa que su discapacidad relacionada con el servicio militar limita su capacidad para prepararse, obtener y mantener un empleo adecuado (un empleo que no empeore su discapacidad, que sea estable y que se ajuste a sus capacidades, aptitudes e intereses).

Si fue dado de baja del servicio activo el 1 de enero de 2013 o después, no se le aplica el periodo básico de elegibilidad de 12 años. No hay límite de tiempo para su elegibilidad.

Si todavía soy parte del servicio activo, ¿soy elegible para el programa de Preparación y Empleo de Veteranos?

Es posible que sea elegible para recibir los beneficios y servicios de VR&E si es miembro del servicio militar y cumple con al menos uno de los siguientes requisitos.

Al menos una de las siguientes afirmaciones debe ser verdadera:

  • Tiene una calificación de discapacidad previa a la baja del 20% o superior (calificación de memorándum) y pronto dejará las fuerzas armadas, o
  • Está a la espera de que le den de baja debido a una enfermedad o lesión grave que se produjo mientras estaba en servicio activo 

Obtenga más información sobre cómo acceder a los servicios de VR&E a través del Sistema Integrado de Evaluación de Discapacidad (IDES) (en inglés)

Nota: Los miembros del servicio activo gravemente heridos pueden recibir automáticamente beneficios de VR&E antes de que VA emita una calificación de discapacidad,  en virtud del artículo 1631(b) de la Ley de Autorización de Defensa Nacional (PL 110-181).

Entrega de Beneficios en la Baja (BDD, por sus siglas en inglés): Si tiene una enfermedad o lesión que cree que fue causada o empeoró por su servicio activo, es posible que pueda presentar una reclamación de beneficios por discapacidad a través del programa BDD entre 180 y 90 días antes de dejar el servicio activo. Esto puede ayudar a acelerar el proceso de decisión de la reclamación para que pueda obtener antes sus beneficios.

Obtenga más información sobre el BDD y qué hacer si le quedan menos de 90 días en el servicio activo (en inglés)

Vea el video sobre BDD (YouTube) (en inglés) 

¿Qué debo hacer si recibí una baja del servicio no honorable, por mala conducta o deshonrosa?

Si recibió uno de estos estados de baja, es posible que no sea elegible para los beneficios de VA.

Hay dos maneras en las que puede intentar reunir las condiciones:

Infórmese sobre cómo solicitar un cambio en el tipo de la baja (en inglés)

Infórmese sobre el proceso de revisión del régimen de baja de VA  (en inglés)

¿Cómo puedo tramitar la solicitud si ya tengo una calificación de discapacidad de VA?

Puede presentar su solicitud en línea ahora mismo.

Presentar una solicitud para beneficios de VR&E (en inglés)

Obtenga más información sobre cómo presentar una solicitud (en inglés)

Nota: Puede presentar una solicitud si es miembro del servicio militar que aún no ha recibido una calificación de discapacidad.

¿Qué tipo de servicios de VR&E puedo recibir?

Dependiendo de sus necesidades y objetivos, los servicios pueden incluir:

  • Una evaluación completa para determinar sus capacidades, habilidades e intereses para el empleo
  • Asesoramiento profesional o vocacional y planificación de la rehabilitación para los servicios de empleo
  • Servicios de empleo como capacitación laboral, elaboración del currículum (CV) y otros apoyos de preparación para el trabajo
  • Ayuda para encontrar y mantener un empleo, incluido el uso de incentivos especiales del empleador y adaptaciones laborales
  • Capacitación en el trabajo (OJT, por sus siglas en inglés ), prácticas y experiencias laborales no remuneradas
  • Educación y capacitación postsecundaria en una universidad o escuela profesional, técnica o de negocios
    Comparar los beneficios de educación de VA (en inglés)
  • Servicios de rehabilitación de apoyo que incluyen gestión de casos, asesoramiento y remisiones médicas
  • Servicios de vida independiente para ayudarle a vivir de la forma más independiente posible

Si soy elegible para los beneficios de la Ley GI Bill, ¿me pueden pagar la tasa de subsistencia de la Ley GI Bill Post-9/11 para mi programa de VR&E?

Si participa en un programa de VR&E, puede optar por que le paguen la tasa de subsistencia de la Ley GI Bill en lugar de la tasa del subsidio del Capítulo 31 si cumple estos dos requisitos.

Ambas de las siguientes afirmaciones deben ser verdaderas:

  • Le queda al menos un día de derecho según la Ley GI Bill Post-9/11, y
  • Está dentro de su período de elegibilidad de la Ley GI Bill 

Nota: En la mayoría de los casos, la tasa de la Ley GI Bill es superior.

Tendrá que elegir oficialmente la tasa de subsistencia de la Ley GI Bill. Su VRC puede ayudarle con esto.

Póngase en contacto con su VRC para obtener más información (en inglés)

Verifique las tasas actuales del subsidio de subsistencia del Capítulo 31 (en inglés) 

Verifique las tasas actuales de los beneficios de la Ley GI Bill Post-9/11 (en inglés)

¿Deducirá VA mis beneficios de VR&E de mi derecho de educación de VA?

Si utiliza los beneficios de VR&E, no deduciremos el derecho de sus otros beneficios de educación de VA, como el de la Ley GI Bill Post-9/11 o la Montgomery GI Bill. 

Si ya utilizó los beneficios de cualquier otro programa de educación de VA y luego utiliza los beneficios de VR&E, tendremos que deducir de su derecho restante de VR&E la cantidad de tiempo utilizado bajo el otro programa de educación de VA. 

Pero si ya utilizó otros beneficios de educación de VA y determinamos que es elegible para VR&E, podemos aprobar retroactivamente sus meses anteriores de derecho y devolverlos al otro programa de educación de VA. Esto se llama “inducción retroactiva”. Pregunte a su VRC si cumple los criterios de elegibilidad para una inducción retroactiva.  

Obtenga más información

Ofrecemos oportunidades para obtener capacitación y experiencia laboral práctica al mismo tiempo a través de programas como:

También ofrecemos: